El Supremo dicta que los datos de las redes P2P son públicos

La policía puede rastrear este tipo de redes de intercambio de archivos p2p ( emule, ares, etc. ) sin previa autorización judicial.

Según ha dictaminado el Tribunal Supremo los datos que se encuentran en éstas redes no están protegidos por el derecho a la intimidad ni por el derecho al secreto de las comunicaciones. Son datos públicos para los usuarios de Internet y también para la policía que ya puede acceder a ellos sin previa autorización.

El Supremo da como válidas las investigaciones de la Brigada de Delitos Telemáticos de la Policía Judicial en Internet ya que anuló una sentencia de la Audiencia de Tarragona que no admitía las pruebas de rastreo que detectó en Zaragoza a una mujer que se había descargado pornografía infantil. Según parece la mujer hizo varias descargas de este tipo de contenido y aunque lo eliminó, el rastro llevó a la policía hasta ella. La Audiencia puso en duda este método al entender que se había hecho sin la autorización judicial que el Tribunal Supremo posteriormente ha desestimado y absolvió a la acusada por que a su juicio se había interferido en su derecho a la privacidad en las comunicaciones.

Fuentes: elpais

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